Sin comunicación no hay compliance: Sobre la Ley 20.393

La decisión del Fiscal Regional del Biobío, Julio Contardo, de formalizar a la empresa Corpesca como persona jurídica en audiencia celebrada el 3 de octubre ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, ha puesto de manifiesto los nuevos alcances que el Ministerio Público pretende dar al cumplimiento de la ley 20.393. Recordemos que ese cuerpo legal sanciona la responsabilidad penal de las personas jurídicas por los delitos cometidos por sus empleados en materia de lavado de activos, financiamiento del terrorismo, cohecho a funcionarios públicos nacionales y extranjeros, y uno recientemente incorporado por la llamada “agenda corta”, el delito de receptación.

Si bien la empresa alega que contaba formalmente con un documento que explicitaba su política de Compliance , en la audiencia de formalización la Fiscalía destacó que no estaban implementados los protocolos para la prevención de los delitos definidos por la ley, dada su falta de conocimiento interno. En otras palabras, el texto era letra muerta, ya que “los modelos de papel definitivamente no van a servir” como sentenciaron los abogados Balmaceda y Schweitzer en una carta publicada por el diario El Mercurio y en donde llamaban la atención por la forma en que el Ministerio Público persigue la responsabilidad penal de Corpesca por lo que considera una falla en sus deberes de supervisión y dirección sobre su personal, cuestión que finalmente será resuelta por un tribunal.

“La creación de una cultura corporativa como la enunciada es imposible sin una estrategia de comunicación interna destinada a la apropiación de la norma legal por parte de todos los trabajadores de la empresa.”

Unas semanas antes de la audiencia de formalización, el propio Fiscal Nacional, Jorge Abbott, se encargó de señalar públicamente el espíritu con que el Ministerio Público aborda la investigación de los delitos contemplado por la ley 20.393. En una conferencia pública dictada en la Universidad Católica de Valparaíso, precisó que el modelo de prevención de delitos o el sistema de Compliance, para que pueda cumplir con su función de desligar de responsabilidad penal a la empresa, por el delito cometido a su interior, debe ser el reflejo de una política de la organización, pues no basta con una “adopción” e “implementación” de naturaleza meramente formal, pues la presunción de cumplimiento de sus deberes que establece la ley, admite prueba en contrario, y por lo tanto, podría ser sancionada una empresa a pesar de contar con un modelo de prevención de delitos . Enfatizó el Fiscal Nacional que el modelo de prevención de delitos no es una “patente de corso” para delinquir, sino que debe ser un sistema de cumplimiento de la ley que sea el fiel reflejo de un convencimiento, de una forma de trabajo internalizada y vigente en una persona jurídica, de apego irrestricto a la ley y a la ética. El modelo debe reflejar la existencia en la compañía de una clara política contra la comisión de delitos, convicciones que comienzan en la cúpula de la entidad y que desde arriba fluye a todos sus colaboradores. Para mayor detalle puede consultarse el instructivo 440/2010, a través del cual el Fiscal Nacional impartió los criterios de actuación para la investigación y persecución penal de las personas jurídicas.

La creación de una cultura corporativa como la enunciada es imposible sin una estrategia de comunicación interna destinada a la apropiación de la norma legal por parte de todos los trabajadores de la empresa. No basta con la firma de un documento que acredite la recepción de un código de conducta, lo que se requiere es un programa de difusión a todo nivel, con resultados auditables y que movilicen a la organización hacia el objetivo común de la prevención de las conductas punibles. En ese sentido podemos hablar de una segunda generación en la exigencia del cumplimiento de la ley 20.393, una fase donde la comunicación estratégica ocupará un lugar central.

* Christian Fuenzalida es periodista de la Universidad de Chile y Master en Comunicación Audiovisual Digital, Universidad Internacional de Andalucía. Cuenta con una extensa trayectoria en diversos medios de comunicación. Ha sido director de comunicaciones del Poder Judicial y director de comunicaciones del Ministerio Público. Es socio director de Audentia, consultora de comunicación legal y marketing jurídico.

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